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Números 35

35

Números 35:2 ^
Y Hablo Jehová á Moisés en los campos de Moab, junto al Jordán de Jericó, diciendo:
Números 35:3 ^
Manda á los hijos de Israel, que den á los Levitas de la posesión de su heredad ciudades en que habiten: También daréis á los Levitas ejidos de esas ciudades alrededor de ellas.
Números 35:4 ^
Y tendrán ellos las ciudades para habitar, y los ejidos de ellas serán para sus animales, y para sus ganados, y para todas sus bestias.
Números 35:5 ^
Y los ejidos de las ciudades que daréis á los Levitas, serán mil codos alrededor, desde el muro de la ciudad para afuera.
Números 35:6 ^
Luego mediréis fuera de la ciudad á la parte del oriente dos mil codos, y á la parte del mediodía dos mil codos, y á la parte del occidente dos mil codos, y á la parte del norte dos mil codos, y la ciudad en medio: esto tendrán por los ejidos de las ciudades.
Números 35:7 ^
Y de las ciudades que daréis á los Levitas, seis ciudades serán de acogimiento, las cuales daréis para que el homicida se acoja allá: y además de éstas daréis cuarenta y dos ciudades.
Números 35:8 ^
Todas las ciudades que daréis á los Levitas serán cuarenta y ocho ciudades; ellas con sus ejidos.
Números 35:9 ^
Y las ciudades que diereis de la heredad de los hijos de Israel, del que mucho tomaréis mucho, y del que poco tomaréis poco: cada uno dará de sus ciudades á los Levitas según la posesión que heredará.
Números 35:10 ^
Y habló Jehová á Moisés, diciendo:
Números 35:11 ^
Habla á los hijos de Israel, y diles: Cuando hubiereis pasado el Jordán á la tierra de Canaán,
Números 35:12 ^
Os señalaréis ciudades, ciudades de acogimiento tendréis, donde huya el homicida que hiriere á alguno de muerte por yerro.
Números 35:13 ^
Y os serán aquellas ciudades por acogimiento del pariente, y no morirá el homicida hasta que esté á juicio delante de la congregación.
Números 35:14 ^
De las ciudades, pues, que daréis, tendréis seis ciudades de acogimiento.
Números 35:15 ^
Tres ciudades daréis de esta parte del Jordán, y tres ciudades daréis en la tierra de Canaán; las cuales serán ciudades de acogimiento.
Números 35:16 ^
Estas seis ciudades serán para acogimiento á los hijos de Israel, y al peregrino, y al que morare entre ellos, para que huya allá cualquiera que hiriere de muerte á otro por yerro.
Números 35:17 ^
Y si con instrumento de hierro lo hiriere y muriere, homicida es; el homicida morirá:
Números 35:18 ^
Y si con piedra de mano, de que pueda morir, lo hiriere, y muriere, homicida es; el homicida morirá.
Números 35:19 ^
Y si con instrumento de palo de mano, de que pueda morir, lo hiriere, y muriere, homicida es; el homicida morirá.
Números 35:20 ^
El pariente del muerto, él matará al homicida: cuando lo encontrare, él le matará.
Números 35:21 ^
Y si por odio lo empujó, ó echó sobre él alguna cosa por asechanzas, y muere;
Números 35:22 ^
O por enemistad lo hirió con su mano, y murió: el heridor morirá; es homicida; el pariente del muerto matará al homicida, cuando lo encontrare.
Números 35:23 ^
Mas si casualmente lo empujó sin enemistades, ó echó sobre él cualquier instrumento sin asechanzas,
Números 35:24 ^
O bien, sin verlo, hizo caer sobre él alguna piedra, de que pudo morir, y muriere, y él no era su enemigo, ni procuraba su mal;
Números 35:25 ^
Entonces la congregación juzgará entre el heridor y el pariente del muerto conforme á estas leyes:
Números 35:26 ^
Y la congregación librará al homicida de mano del pariente del muerto, y la congregación lo hará volver á su ciudad de acogimiento, á la cual se había acogido; y morará en ella hasta que muera el gran sacerdote, el cual fué ungido con el aceite santo.
Números 35:27 ^
Y si el homicida saliere fuera del término de su ciudad de refugio, á la cual se acogió,
Números 35:28 ^
Y el pariente del muerto le hayare fuera del término de la ciudad de su acogida, y el pariente del muerto al homicida matare, no se le culpará por ello:
Números 35:29 ^
Pues en su ciudad de refugio deberá aquél habitar hasta que muera el gran sacerdote: y después que muriere el gran sacerdote, el homicida volverá á la tierra de su posesión.
Números 35:30 ^
Y estas cosas os serán por ordenanza de derecho por vuestras edades, en todas vuestras habitaciones.
Números 35:31 ^
Cualquiera que hiriere á alguno, por dicho de testigos, morirá el homicida: mas un solo testigo no hará fé contra alguna persona para que muera.
Números 35:32 ^
Y no tomaréis precio por la vida del homicida; porque está condenado á muerte: mas indefectiblemente morirá.
Números 35:33 ^
Ni tampoco tomaréis precio del que huyó á su ciudad de refugio, para que vuelva á vivir en su tierra, hasta que muera el sacerdote.
Números 35:34 ^
Y no contaminaréis la tierra donde estuviereis: porque esta sangre amancillará la tierra: y la tierra no será expiada de la sangre que fué derramada en ella, sino por la sangre del que la derramó.
Números 35:35 ^
No contaminéis, pues, la tierra donde habitáis, en medio de la cual yo habito; porque yo Jehová habito en medio de los hijos de Israel.
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